Los 11,735 gasolineros del país tendrán la obligación de dar máxima visibilidad a los precios de las gasolinas que ofrecen en sus estaciones de servicio a partir del 8 de mayo de este año. Sin embargo, conforme se han presentado los incrementos ligeros pero constantes de los últimos días, cada vez se observan menos tableros con estos precios.
Por ejemplo, las estaciones de servicio de los dos últimos jugadores nuevos que llegaron al país: Exxon, en Querétaro, y Total, en Lomas de Chapultepec, no colocaron los letreros al momento de la apertura de sus estaciones. Estaciones de la franquicia Pemex como la esquina de Insurgentes y Viaducto, así como en Benjamín Franklin y Avenida Coyoacán, ambas en la delegación Benito Juárez, además del establecimiento en la esquina de las avenidas Universidad y Cuauhtémoc, y las ubicadas en Tlalpan, a la altura de la estación del metro General Anaya, en Coyoacán, tampoco cuentan con los precios a la vista del público.
En la región del istmo y la costa de Oaxaca, donde se han dado los mayores incrementos a nivel nacional, de más de 50 centavos por litro desde que arrancó el año, se observó durante diciembre pasado que ninguna estación de servicio cuenta con letreros de precios y al cuestionar a los despachadores sobre esta obligación aseguran que la desconocen por completo.
En noviembre pasado, la CRE publicó los Lineamientos de máxima visibilidad de precios como el contenido y tamaño que deberán tener estos letreros, que deberán estar y actualizados conforme se reporten precios al regulador, junto con el número de permiso de la estación de servicio.
Las estaciones de servicio que no cumplan con estas disposiciones serán sancionadas conforme a lo establecido en la Ley de Hidrocarburos, que dispone una multa de entre 15,000 a 450,000 veces el importe del salario mínimo, es decir, entre 1 millón 325,400 y 39 millones 735,000 pesos.
De acuerdo con la cotización en línea realizada en la empresa Mensajes Móviles Publicitarios —recomendada por gasolineros del centro del país— el costo de un sistema de tablero electrónico para un empresario es de 6,872 dólares, es decir, alrededor de 140,000 pesos.

PRECIOS SIGUEN ELEVÁNDOSE

En sólo tres días, las gasolinas automotrices han aumentado en promedio 13 centavos por litro o 0.7% en la comparación entre el 15 y el 18 de enero, tomando en cuenta el promedio de una muestra nacional de todas las estaciones de servicio en la delegación Cuauhtémoc, Monterrey, Tuxtla Gutiérrez, Minatitlán, Oaxaca, Zapopan, Mérida, La Paz, León y Tijuana.
El aumento en los precios de la Magna es de 14 centavos, el de la Premium de 13 y el del diesel de 11 centavos por litro. Los precios del promedio nacional, tomando en cuenta esta muestra, llegaron a 16.87 pesos por litro para la Magna, 18.55 pesos por litro para la Premium y a 17.66 pesos para el diesel.
Destaca que en la delegación Cuauhtémoc de la Ciudad de México los incrementos son de 27, 28 y 22 centavos por litro para la gasolina regular, la Premium y el diesel, respectivamente. Sobresale también que en todos de los promedios de todos los expendedores del país que reportan a la Comisión Reguladora de Energía la gasolina Magna ya está por encima de los 16 pesos por litro, y que en la delegación Cuauhtémoc, Tijuana, Monterrey, Zapopan y León rebasó ya los 17 pesos por litro, mientras que en Monterrey y Zapopan, la Premium ya está por encima de los 19 pesos.

OBLIGACIONES DE LOS GASOLINEROS

1. Tableros en pesos por litro a pagarse de contado, sin descuento por volumen, sin comisiones y sin el cobro de servicios adicionales que coincidan con los precios reportados a la CRE.
2. Indicar marca y tipo de combustible.
3. Colocarse en las estaciones de servicio de manera que sean legibles a una distancia de al menos 20 metros, debiendo estar iluminados de forma adecuada.
4. El tamaño mínimo de las letras mayúsculas deberá ser de 15 centímetros y el mínimo de los números utilizados para reportar los precios deberá ser de 20 centímetros de alto por 10 centímetros de ancho.
5. El número de permiso de la estación de servicio deberá estar situado en la parte superior o inferior de los tableros de precios.
6. No es obligatorio utilizar tableros electrónicos, pero de hacerlo, deberán cumplir con la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-2012 Instalaciones Eléctricas, vigente para estas instalaciones.
7. En caso de utilizar estructuras independientes para colocar los tableros de precios, éstas deberán cumplir con cualquier normatividad aplicable en materia de fabricación, seguridad, ambiental y construcción.